Qué es la cautela socini
Este nombre tan raro es una cláusula que se suele poner en el testamento, el testador trata de proteger a su cónyuge para el caso de fallecimiento. Pero protegerle ¿de quién? De sus propios hijos.
Se hace sobre todo si lo único que existe de herencia es el domicilio cónyugal.
Es decir, el testador deja a los herederos o legatarios un valor superior a su legítima si cumplen una condición o prohibición.
Quien realiza el testamento lega al cónyuge viudo el usufructo universal y vitalicio de todos los bienes de la herencia, con relevación de la obligación de hacer inventario y prestar fianza, e impone a los herederos que no estén conformes la limitación de recibir solo lo que por legitima estricta les corresponda.
Amparo legal de la cautela socini
La cautela socini no tiene amparo legal, ninguna ley habla de ella.
Algunos dicen que esta cláusula agrede la intangibilidad de la legítima, es decir,que la ley no permite imponer sobre la legítima ninguna condición.
Pero el Tribunal Supremo no opina lo mismo y la considera totalmente legal diciendo que el heredero tiene dos opciones:
- Aceptarla y recibir mas de lo que le corresponde por la legítima.
- Oponerse y obtener solo la legítima estricta, es decir, un tercio de la herencia.
Por tanto no se obliga a nada a los herederos, pueden elegir y, si decide llevar el caso a los juzgados civiles perderá parte de la herencia.
El usufructo universal del cónyuge viudo
Con esta cláusula el cónyuge viudo puede hacer uso de todo el patrimonio de la herencia y disfrutar de sus bienes, con la obligación de tenerlos en buen estado de conservación.
También tiene una limitación, la venta, no puede vender nada ya que serán los herederos, normalmente los hijos quienes ostentan la nuda propiedad y son los dueños de toda la masa hereditaria.
Los hijos no pueden hacer nada con los bienes mientras el cónyuge viva, salvo que renuncie al usufructo o muera.
Los herederos pueden elegir
Cuando fallece el testado los herederos tienen dos opciones:
- Aceptar la voluntad del difunto, de tal forma que cuando fallezca el cónyuge viudo recibirán toda la herencia.
- No aceptar su voluntad y recibir solamente la legítima estricta, es decir, un tercio de la herencia.
Cláusulas de la cautela socini en el testamento
Primero: Instituye herederos universales por iguales partes a sus /// (nº) mencionados hijos //// (nombres y apellidos) a los que sustituye vulgarmente por sus respectivos hijos o descendientes (caso de …)
Segundo: Lega a su esposo/a /// el usufructo universal de su herencia, relevándola de la obligación de formular inventario y de prestar fianza. Y, confiadamente, ruega a sus hijos que respeten esta voluntad que busca la estabilidad y cohesión de la familia), y consientan el gravamen de sus derechos legitimarios que la misma llega consigo.
Tercero: Aunque lo considera improbable, si alguno de sus hijos se opone a esta voluntad su institución de heredero quedará sin efecto, y será reemplazada por un legado en pleno dominio de lo que por legítima estricta le corresponda; en tal caso, la nuda propiedad del tercio de mejora se distribuirá entre los hijos que acataren la cláusula de viudedad universal.
Cuarto: En previsión de tales supuestos, el cónyuge viudo queda instituido heredero universal, conservando, además, su cuota vidual del usufructo sobre el tercio de mejora de la herencia.